A- de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Ungrd
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Competencia del juez de primera instancia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto la Sala Segunda de Revisión analiza y resuelve las diferentes solicitudes de aclaración, cumplimiento y apertura de incidentes de desacato presentadas por ciudadanos y autoridades municipales, al igual que por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), en torno a la Sentencia T-648/13.
Entre las decisiones adoptadas por la Sala de Revisión se destacan las relacionadas con las aclaraciones sobre los efectos inter comunis establecidos en la precitada providencia y la orden de rehacer el proceso administrativo establecido en
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (15 points)
- Primero. ACLARAR que los efectos inter comunis establecidos en el numeral
- primero. del resuelve de la Sentencia T-648 de 2013, especialmente, del 9.1.6. numeral 4, en el sentido que al indicar "personas que hayan interpuesto accion de tutela", la expresion "interpuesto" se refiere al hecho de haber presentado la accion constitucional, sin importar si la misma aun no habia sido fallada o en caso contrario, si fue negada, concedida o declarada improcedente, incluso si surtio el tramite ante esta Corporacion y no fue seleccionada. Las sentencias seleccionadas por esta Corte y falladas por algunas de las salas de revision, no estan comprendidas dentro del efecto inter comunis de la Sentencia T-648 de 2013.
- Segundo. ACLARAR que la orden dada en el numeral
- tercero. y
- cuarto. del resuelve de la Sentencia T-648 de 2013 de rehacer el proceso administrativo establecido en la Resolucion No. 074 de 2011 y en la Circular del 16 de diciembre de 2011, supone por parte de la Unidad Nacional para la Gestion del Riesgo y Desastres- UNGRD, desempenar un papel activo, que implica, por un lado, expedir un nuevo acto administrativo en el que se establezcan el cumplimiento de requisitos, condiciones y tiempos en los que se va a rehacer el proceso administrativo indicado, asi como coordinar con todas las autoridades que esten inmiscuidas en el desarrollo del proceso para que se lleve a cabo de manera exitosa. La UNGRD para lograr este proposito podra hacer uso de todos los mecanismos que esten a su alcance, como interponer acciones penales, disciplinarias, fiscales y demas que establezca el ordenamiento juridico, en contra de las autoridades que incumplan con su deber legal y constitucional de enviar la informacion a tiempo a esa entidad con el fin que culmine el proceso.
- Tercero. ACLARAR que la Unidad Nacional para la Gestion del Riesgo y Desastres- UNGRD, al expedir la Resolucion No. 840 de 2014, mediante la cual rehizo el proceso administrativo contemplado en la Resolucion No. 074 de 2011 y en la Circular del 16 de diciembre de 2011, estaba facultada para exigir el cumplimiento de nuevos requisitos, siempre y cuando estos no sean imposibles de cumplir.
- Cuarto. ORDENAR a la Unidad Nacional para la Gestion del Riesgo y Desastres- UNGRD, que acuda ante el juez de primera instancia de cada accion de tutela y presente solicitud de ampliacion del termino para cumplir lo ordenado en la Sentencia T-648 de 2013. Dicha peticion, debera estar debidamente motivada y el juez al valorar el caso concreto determinara un plazo razonable de ampliacion del termino dentro del cual la Unidad pueda cumplir.
- Quinto. ORDENAR a los accionantes acudir de manera directa al juez de primera instancia frente a quienes interpusieron la accion de tutela antes del 1 de julio de 2014, momento en el que se le notifico la providencia a la Unidad Nacional para la Gestion del Riesgo y Desastres UNGRD, para interponer solicitudes de cumplimiento de la Sentencia T-648 de 2013.
- Sexto. ORDENAR a la Unidad Nacional para la Gestion del Riesgo y Desastres- UNGRD, que INFORME y NOTIFIQUE a traves de un diario de amplia circulacion nacional y de un medio masivo de comunicacion que tenga cobertura a nivel nacional lo dispuesto en esta providencia.
- Septimo. INFORMAR a los interesados que contra las decisiones atinentes a la aclaracion de la Sentencia T-648 de 2013 no procede recurso alguno.
- Octavo. NEGAR la solicitud hecha por el Director de la Unidad Nacional para la Gestion del Riesgo de Desastres UNGRD, en el sentido de que la Corte asuma el cumplimiento de la Sentencia T-648 de 2013.
- Noveno. NEGAR la solicitud hecha por la comunidad de la Duda, Municipio de Distraccion en la Guajira, y por los accionantes del municipio de San Fernando, Bolivar en el sentido de que la Corte inicie incidente de desacato respecto de lo ordenado en la Sentencia T-648 de 2013.
- Decimo. INFORMAR al Director de la Unidad Nacional para la Gestion del Riesgo de Desastres UNGRD de la decision tomada.
- Decimo.
- primero. INSTAR al Juzgado Promiscuo Municipal de Zambrano, Bolivar, para que siga adelante con el incidente de desacato.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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